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👉 Fuente: Noticias Jurídicas
El Gobierno ha aprobado recientemente la ampliación del permiso retribuido de paternidad y cuidados hasta las 19 semanas -más 3 adicionales de lactancia- con posibilidad de disfrute flexible hasta que el menor cumpla 8 años. Esta medida representa una mejora sustancial en derechos parentales y ofrece nuevas posibilidades de conciliación familiar.
Una reforma con impacto directo en las familias
Hasta ahora, muchos padres se veían obligados a volver al trabajo rápidamente tras un nacimiento, con consecuencias evidentes sobre la crianza, los vínculos familiares y la equidad de género. Con esta ampliación:
- Los progenitores podrán acompañar más tiempo a su hijo en los primeros meses.
- Se reparte mejor la carga de los cuidados, reduciendo la presión sobre la madre.
- La crianza se entiende como responsabilidad compartida, no sólo maternal.
Desde una perspectiva social, esta reforma fortalece la corresponsabilidad, promueve la igualdad de género y ayuda a crear entornos más estables para el desarrollo infantil. Además, tener a ambos progenitores disponibles durante etapas críticas beneficia al vínculo afectivo y reduce estrés en la familia.
Qué cambia y qué queda por definir
El permiso incluye hasta 19 semanas retribuidas, con opción flexible: puede tomarse inmediatamente tras el nacimiento o repartirse hasta que el menor cumpla 8 años. Se suman otras 3 semanas por lactancia, lo que puede dar un total de 22.
Sin embargo, quedan por definir ciertos detalles: cómo se gestiona este permiso en casos de familias monoparentales, su compatibilidad con otras ayudas, y su aplicación a situaciones no tradicionales (adopciones, familias diversas, nacimientos múltiples).
Es clave que el marco legal contemple todas esas variantes para que la medida alcance su objetivo de equidad y apoyo real a la crianza.
Qué supone para la crianza, infancia y conciliación
- Mejora de la salud emocional de los recién nacidos, al contar con uno de sus progenitores en casa más tiempo.
- Mayor estabilidad familiar en los primeros meses, cruciales para el apego, el desarrollo y la lactancia.
- Menor carga para la madre, con implicaciones positivas en su recuperación física y salud mental.
- Promueve un reparto justo de las responsabilidades familiares, beneficiando la igualdad y respeto mutuo.
Qué pueden hacer las familias para aprovechar esta oportunidad
- Informarse en su empresa sobre cómo solicitar el nuevo permiso y qué documentación aportar.
- Planificar la incorporación laboral posparto con tiempo, contemplando el periodo completo de licencia.
- Coordinar los cuidados entre ambos progenitores, pensando en descanso, crianza, apoyo mutuo y bienestar del bebé.
- Aprovechar este tiempo extra para fortalecer el vínculo con el recién nacido, acompañar al resto de hermanos y organizar la vida familiar sin prisas.
Más normativa relacionada con la paternidad
| Norma / Decreto | Qué regula / en qué consiste |
|---|---|
| Real Decreto-ley 9/2025 | Amplía el permiso por nacimiento y cuidado de menor: 19 semanas retribuidas por progenitor (32 semanas en familias monoparentales). Parte de estas semanas se pueden disfrutar hasta que el hijo cumpla 8 años. Modifica el Estatuto de los Trabajadores. |
| Estatuto de los Trabajadores — artículo 37.4 | Derecho a una hora de ausencia diaria para lactancia de un hijo menor de 9 meses, acumulable en jornadas completas o reducción de jornada. Puede ejercerse indistintamente por madre o padre. |
| Estatuto de los Trabajadores — artículo 37.9 | Permiso por causas de fuerza mayor o urgencias familiares: hasta 4 días al año para atender enfermedades graves, accidentes o situaciones imprevistas que requieran presencia inmediata. |
| Real Decreto-ley 2/2014, modificado por RDL 2/2024 | Regula la acumulación y flexibilidad de permisos por lactancia y cuidado del lactante. Facilita la adaptación del permiso a jornadas completas y aplica tanto a sector público como privado. |
| Ley General de la Seguridad Social — Prestaciones por nacimiento y cuidado de menor | Establece la prestación económica durante el permiso por nacimiento y cuidado del menor, asegurando la retribución total durante las semanas establecidas por la normativa vigente. |
| Excedencia por cuidado de hijos o menores acogidos — Estatuto de los Trabajadores, art. 46 | Permite solicitar excedencia no remunerada para cuidado prolongado de hijos o menores acogidos, con reserva del puesto de trabajo. Aplicable a ambos progenitores. |
| Reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares | Posibilidad de reducir la jornada laboral para cuidar a hijos menores o familiares dependientes, con disminución proporcional del salario. Derechos consolidados por ley y no dependientes de convenios. |
